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¿Ya está aplicando tu empresa el nuevo decreto sobre el colectivo LGTBI?

Desde el 10 de abril de 2025, un nuevo real decreto establece que las empresas con más de 50 empleados deben negociar con los representantes de las personas trabajadoras un plan que incluya las medidas mínimas relativas a igualdad y no discriminación del colectivo LGTBI.  

    El decreto y sus puntos clave

     

    El Real Decreto 1026/2024, de 8 de octubre, desarrolla medidas para la igualdad y no discriminación de las personas LGTBI en las empresas. Estos son sus puntos básicos: 

    • A quién se aplicará:  
      A empleados actuales, nuevas incorporaciones, personal temporal, clientes, usuarios y proveedores. Las empresas que trabajen con menores deben implementar medidas de protección adicionales. 
    • Negociación:  
      Las medidas del plan LGTBI deben ser negociadas por el mismo comité de empresa que trató el plan de igualdad, obligatorio para empresas con más de 50 trabajadores desde el 7 de marzo de 2022. 
    • Sanciones:  
      Las empresas sin representación legal de los trabajadores deben contactar a sindicatos mayoritarios; la falta de acreditación en inspecciones conllevará sanciones. 
    • Plazo de respuesta:  
      Los sindicatos tienen un mes para responder. Si no lo hacen, la empresa puede elaborar el plan unilateralmente. 

      ¿Y las empresas con menos de 50 empleados?

       

      La obligación de implementar el Plan LGTBI se mantiene, incluso si el número de trabajadores desciende por debajo de 50, bajo las siguientes condiciones: 

      • Una vez constituida la comisión negociadora
      • La obligación se mantiene hasta que finalice el período de vigencia de las medidas acordadas o, en su defecto, durante un plazo de cuatro años

      El resto de las empresas con menos de 50 personas en plantilla no están obligadas a elaborar este protocolo, aunque es recomendable su implementación, por las ventajas personales y sociales que conlleva para todo el equipo. 

        Medidas mínimas a implementar

         

        1. Protocolo frente al acoso y violencia LGTBI 
        2. Cláusulas de igualdad en contratos, acuerdos y convenios 
        3. Formación especializada  
          • Derechos laborales de este colectivo, igualdad de trato y oportunidades, sensibilización y promoción de una cultura inclusiva 
        4. Clasificación y promoción profesional que garantice el acceso y desarrollo profesional en igualdad de condiciones 
        5. Fomento de un entorno diverso e inclusivo 
          • Una plantilla diversa  
          • Una comunicación inclusiva y no discriminatoria y un lenguaje respetuoso 
          • Creación de espacios seguros para miembros del colectivo 
        6. Elaboración de documentos y actas que registren la aplicación de estas medidas 
        7. Permisos y beneficios sociales  
          • Estos deben respetar la diversidad familiar y garantizar el acceso equitativo, sin discriminación por orientación sexual, identidad de género o su expresión 
        8. Régimen disciplinario:  
          • Es preciso prohibir aquellas conductas que vulneren la libertad sexual, así como la orientación, identidad y expresión de género de las personas trabajadoras 

          ¿Qué sanciones hay previstas?

           

          Vulnerar los derechos del colectivo LGTBI puede implicar a una empresa:  

          • Sanciones económicas de 200 € a 150.000 €.  
          • Pérdida o suspensión total o parcial de subvenciones, así como prohibición de acceder a subvenciones –durante 1 año si la infracción es grave, o durante 3 años si es muy grave–. 
          • Prohibición de realizar contratos con Administración, Organismos Autónomos o Entes Públicos –con los mismos plazos que la prohibición anterior–. 
          • Cese de la actividad económica o profesional de la empresa durante 3 años, en casos muy graves. 

          Las empresas que no cuenten con convenio colectivo de aplicación ni tengan representación legal de las personas trabajadoras disponen hasta el 10 de julio de 2025 para poner en marcha las medidas necesarias. 

            Si tienes cualquier duda o necesitas asesoramiento al respecto, SDW puede convertirse en el partner estratégico que necesitas. Nuestro expertos te ayudarán a diseñar, elaborar y poner en práctica el plan de medidas que exige este real decreto. De esta forma, tu empresa evitará cualquier tipo de sanción, al tiempo que fomentará un entorno de trabajo más respetuoso e inclusivo. 

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